En plena pandemia y con efectos desde el 1 de mayo de 2020, el legislador catalán ha incrementado sustancialmente el coste derivado del Impuesto sobre Sucesiones, mediante la publicación de la LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
Entre las modificaciones introducidas por la mencionada Ley, destacar por su impacto, la recuperación de los coeficientes multiplicadores que se aplican en función del patrimonio preexistente del contribuyente; y la modificación del régimen de bonificaciones aplicables en las adquisiciones por causa de muerte.
En relación a los coeficientes multiplicadores, señalar que hasta la fecha éstos se aplicaban en función del grupo de parentesco existente entre el heredero y el causante. A partir del 1 de mayo de 2020, además de los coeficientes correspondientes al grupo de parentesco, se aplicarán determinados coeficientes multiplicadores en función del patrimonio preexistente del heredero.
Respecto al régimen de bonificaciones aplicables en las adquisiciones por causa de muerte, señalar que, si bien se mantiene la bonificación del 99% aplicable a las transmisiones a favor del cónyuge, por un lado se reducen sustancialmente los porcentajes de bonificación aplicables a los descendientes y ascendientes que sean herederos, y se establece la incompatibilidad entre la reducción por adquisición de participaciones (régimen fiscal de la empresa familia), y las bonificaciones generales.
Estos cambios supondrán un encarecimiento muy significativo de determinadas adquisiciones hereditarias, especialmente en aquellos casos en los que el fallecido fuese titular de activos financieros o inmobiliarios, no afectos a ninguna actividad empresarial, y activos de carácter empresarial como son las participaciones en sociedades mercantiles operativas.
Como regla general estos cambios perjudican la transmisión por herencia de las empresas familiares, y suponen un aumento de los costes fiscales, que pueden llevar a los herederos a liquidar determinados activos, para así poder hacer frente al pago del Impuesto sobre Sucesiones.
Ante este escenario, será muy conveniente revisar la planificación fiscal sucesoria de aquellos contribuyentes que sean titulares de activos empresariales, y en su caso, comprobar de qué manera les afecta los recientes cambios legislativos.

